Atardecer. Fotografía de Salvador Martín

LA GACETA DE GAUCÍN

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OPINIÓN

DE LA INDEPENDENCIA DE LOS JUECES

     A pesar del riesgo que corro de que nuevamente cualquier “Pícaro” jurista me reconvenga, amablemente, por mis planteamientos respecto a algunas actuaciones judiciales, no me retraigo, como es mi costumbre, y voy a tratar de escribir y opinar algo más sobre lo mismo.

    En este nuestro país todos alardeamos de independencia, y ya sabemos lo que dice el refrán. Otros además de alardear de la propia claman por que se respete la de los jueces, pero claro que se respete lo que cada uno entiende por independencia de la justicia que casi nunca es coincidente con la postura de otros. Mas fijándonos solamente en los jueces, sin entrar a considerar lo que unos u otros entienden por independencia judicial, cabe preguntarse si en realidad aquellos son independientes. De qué, para qué, por qué y cuándo lo son. Para ello voy a tratar de fijarme en un par de asuntos de actualidad que no sé si aclarará o enturbiará aún más el concepto que podamos tener acerca de la pretendida independencia del poder judicial.

    Presidente de sala

    Hace pocos días el pleno del Consejo General del Poder Judicial ha vuelto a elegir por tercera vez, tras sus dos intentos anteriores fallidos por sentencia del Supremo, a un magistrado (ni sé su nombre ni me interesa,) para que presida la sala de lo penal de la Audiencia Nacional, la misma en la que se va llevar a cabo el juicio contra los acusados de la matanza del 11 de marzo. Nada más tomar posesión ha ordenado unas diligencias en consonancia con la línea del periódico al cual no hace mucho hizo unas declaraciones en las que manifestaba unas opiniones contrarias al modo de la instrucción llevada a cabo hasta ese momento y que eran coincidentes con las del director del medio en cuestión. Ambos hechos (su designación y sus actuaciones) me hacen pensar que este señor magistrado, por muy señor magistrado que sea, va a presidir un juicio al que de antemano se enfrenta con unos determinados planteamientos contaminados por su particular modo de entender los hechos, lo cual hará que se conduzca en una determinada dirección independientemente de lo instruido hasta el momento y bajo los criterios previos al conocimiento sumarial de la causa. Yo no creo que este señor vaya a actuar de un modo independiente, sino que pienso que tratará de llevar el agua a sus tesis que son las mismas de los miembros del CGPJ que lo han elegido y de aquellos que eligieron a dichos miembros que a su vez son idénticas a las que defienden y propalan un día tras otro desde hace tres años en sus medios determinados periodistas y comunicadores.

    De Juana

    ¿Quién puede creer que la decisión de la Audiencia Nacional sobre el asesino de Juana Chaos ha sido un acto de justicia independiente? ¿Por qué se pasó el caso del tribunal que debía tomar la decisión al pleno de la sala? Es evidente que se hizo así porque los magistrados se conocen y sabían de antemano el fallo del tribunal favorable a las tesis de la atenuación frente a la inflexible del pleno, cuyo fallo también les era conocido. De haberse seguido el trámite común, de Juana estaría hoy, probablemente, en su domicilio en prisión atenuada o en libertad provisional. ¿Los jueces que hubiesen tomado esa decisión habrían sido independientes? Tras la medida adoptada por la mayoría del pleno cabe preguntarse lo mismo ¿son o no son independientes los miembros de esta sala? ¿Quiénes son más independientes? ¿De qué depende la independencia?: ¿de la sentencia emitida? ¿del reo en cuestión? ¿de la idiosincrasia de cada uno de los jueces? ¿de la coincidencia de su dictamen con mis planteamientos? ¿Aplican las mismas leyes? Si es así, ¿por qué adoptan criterios opuestos? ¿Puede alguien afirmar que estos jueces, o aquellos otros se han aislado de la presión a la que se han visto sometidos por determinados sectores? Y estos sectores, precisamente, son los que se pasan todo el santo día pidiendo la independencia de los jueces.
    Como veréis no he querido entrar a analizar (muy trillada en los medios de comunicación al uso) la justicia o injusticia, ni la independencia de los jueces que pretenden que el terrorista pase más años en la cárcel por un delito de opinión/amenaza, que por los veinticinco asesinatos por los que ya había cumplido la pena. Si estos presuntos delitos los hubiese cometido una persona con apellido distinto ¿se habría impuesto la misma pena? Pero en fin como dijo la dirigente popular del país Vasco, ¿a quién le puede preocupar que se muera de Juana? ¡Que se muera!, y así de paso se le echa más leña al fuego y pueden ensañarse más con lo que interesa, que es el objetivo final.

    Independientemente de estos dos casos, creo que convendréis conmigo en que un juez por el hecho de serlo no vive aislado del mundo, sin conocer más opinión que la que él se forma tras oír a los encausados y testigos; como personas que son deben estar influenciados por su educación, su entorno, sus mentores, y, tratándose de casos tan singulares, por las opiniones de los medios y políticos afines o desafectos.

    El diario desarrollo de las actuaciones judiciales nos dan ejemplos más que suficientes para conocer sobre la pretendida independencia de los jueces. Estos sólo son dos, en los que me he basado a la hora de desarrollar mis peregrinas ideas.


Teodoro R. Martín de Molina. Enero, 2007

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